Descripción del servicio

El servicio de centro de día y el servicio de centro ocupacional son los recursos especializados de atención diurna para personas con discapacidad, en los que se presta una atención integral a las personas en situación de dependencia durante el periodo diurno con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y de dependencia y de apoyar a las familias o cuidadores. Atienden desde un enfoque biopsicosocial, las necesidades de asesoramiento, prevención, rehabilitación, orientación para la promoción de la autonomía, habilitación o atención residencial y personal.

Requisitos

  • Tener reconocida la situación de dependencia en los grados I y II para el servicio de centro ocupacional y en grado II y III para el servicio de centro de día, establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia y que el Programa Individual de Atención, de conformidad con la Orden 4/2007, de 16 de octubre, de la Consejería de Servicio Sociales por la que se regula el procedimiento para la valoración y reconocimiento de la situación de dependencia, especifique la adecuación del servicio.
  • Tener reconocido por la Dirección General con competencia en la materia o por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y un diagnóstico que pueda ser atendido en alguna de las plazas reguladas en la normativa.
  • Residir en La Rioja en el momento de presentar la solicitud y haber residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Se exime del requisito de residir en La Rioja a aquellas personas solicitantes que se encuentren, en el momento de formalizar la solicitud, residiendo por motivos de su discapacidad en un centro para personas con discapacidad fuera del territorio de la Comunidad Autónoma o que sean beneficiarias de una ayuda económica del Gobierno de La Rioja para alojamientos de personas con discapacidad, siempre que los dos años inmediatamente anteriores a dicho traslado residieran en La Rioja.

Igualmente se exime de este requisito de residencia en La Rioja para la formalización de la solicitud en aquellos casos donde la persona beneficiaria de la solicitud de plaza resida en otra Comunidad Autónoma y tenga reconocida una prestación o servicio del Sistema para la Dependencia y la Autonomía en la Comunidad Autónoma en la que reside, y que requiera el traslado de su lugar de residencia a esta Comunidad Autónoma por motivos socio familiares de reagrupación familiar. Estas circunstancias, en el momento de la solicitud se deberán acreditar mediante empadronamiento del tutor, representante legal o familiar de primer grado de consanguinidad; y en el momento de la adjudicación de la plaza con el histórico, para constar el haber permanecido en la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el periodo de lista de espera. En el momento de la adjudicación del centro la persona beneficiaria cumplirá el requisito de empadronamiento.

Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los Tratados Internacionales y en los Convenios que se establezcan con el país de origen.

    • Ser mayor de 18 años en el momento de formalizar la solicitud.
    • No padecer trastornos graves y continuados de conducta o comportamientos que puedan distorsionar gravemente el funcionamiento del centro o la normal convivencia en el mismo.

Clasificación de las plazas

Las plazas públicas del servicio de centro de día del servicio y de centro ocupacional, para personas con discapacidad del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia, se clasifican en función del grado y nivel de dependencia, y del diagnóstico de la discapacidad.

En función del grado y nivel de dependencia

a) Plazas para personas con discapacidad con gran dependencia: son aquellas plazas adecuadas a personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesitan el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tienen necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

b) Plazas para personas con discapacidad con dependencia severa: son aquellas plazas adecuadas para personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, dos o tres veces al día pero no requieren el apoyo permanente de un cuidador o tienen necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.

c) Plazas para personas con discapacidad con dependencia moderada: son aquellas plazas adecuadas para personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tienen necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.

En función del diagnóstico de la discapacidad:

Plazas de servicio de centro de día:

  • Discapacidad intelectual y afines.
  • Parálisis cerebral y afines.
  • Trastorno mental crónico.
  • Autismo y afines.

Plazas de servicio de centro ocupacional

  • Discapacidad intelectual y afines.
  • Parálisis cerebral y afines.
  • Trastorno mental crónico.
  • .Autismo y afines

Información y solicitudes

El procedimiento se iniciará mediante solicitud de la persona interesada o por la persona que ejerza las medidas de apoyo o que le represente. Para facilitar la solicitud de acceso a las plazas públicas de los recursos especializados de atención diurna se utilizará el modelo de solicitud que figura como anexo I al presente decreto.
2. El modelo de solicitud estará disponible en la Dirección General competente en personas con discapacidad, en el Servicio de Atención al ciudadano o en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) en el apartado de Oficina electrónica, en el área temática de servicios sociales.
3. La solicitud podrá presentarse en cualquiera de las Oficinas de Atención al ciudadano del Gobierno de La Rioja, en el registro auxiliar de la Secretaria General Técnica de la Consejería competente en la materia, así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo sexto del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos, y en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Igualmente podrá presentarse a través de medios electrónicos, a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) en el apartado oficina electrónica, de acuerdo con el artículo 14 de la citada Ley 39/2015

https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=12467Este enlace se abrirá en una ventana nueva

Normativa aplicable

  • Decreto 56/2010, de 3 de diciembre, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento de acceso al servicio de centro de día y de centro ocupacional, para personas con discapacidad del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia
  • Decreto 31/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba la Cartera de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
  • Decreto 16/2014, de 4 de abril, por el que se modifica el Decreto 56/2010, de 3 de diciembre, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento de acceso al servicio de centro de día y de centro ocupacional, para personas con discapacidad del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia
  • Decreto 53/2005, de 29 de julio, por el que se determina el precio público de las plazas de atención diurna para personas con discapacidad en los centros propios y concertados en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Decreto 77/2009, de 04 de diciembre, de modificación del Decreto 53/2005, de 29 de julio, por el que se determina el precio público de las plazas de atención diurna para personas con discapacidad en los centros propios y concertados en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Datos de interés

1. El servicio de centro de día y el servicio de centro ocupacional serán incompatibles con cualquiera de las prestaciones económicas del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia de acuerdo a lo establecido en la normativa reguladora de tales prestaciones.

2. El servicio de centro de día y el servicio de centro ocupacional serán compatibles con las plazas del servicio de atención residencial y del servicio de estancias temporales residenciales para personas con discapacidad del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia.

3. Asimismo el servicio de centro de día y el servicio de centro ocupacional, serán compatibles con el servicio de ayuda a domicilio y con el servicio de teleasistencia, de conformidad con la normativa reguladora de estos servicios.

4. Una vez concedida la plaza pública de servicio de centro de día o de centro ocupacional, la renuncia planteada por el interesado por cualquier medio o por haber dejado trascurrir los plazos previstos para aceptar la plaza, supondrá, en su caso, la pérdida de la prestación económica vinculada al servicio.

Precio público

Los personas usuarias o las que personas que ejerzan las medidas de apoyo estarán obligados al pago de una aportación al precio público por el coste de la plaza que ocupen, de conformidad con lo establecido en la normativa de precios públicos vigente en cada momento.

Órgano responsable

Dirección General de Dependencia, Discapacidad y Mayores

Servicio de Dependencia y Personas con discapacidad


Red de plazas públicas de Servicio de Centros de Día del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia

Red de plazas públicas de Servicio de Centro de Día del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia
Centros de Día Tipo de plaza Localidad Gestión Nº de plazas
Centro Áncora (IGUAL A TI) Discapacidad intelectual y afines Calahorra Privada 50
Centro Vareia (ASPRODEMA) Discapacidad intelectual y afines Logroño Privada 30
Centro La Sierra (ASPRODEMA) Discapacidad intelectual y afines Nájera Privada 25
Centro Domingo Ochoa (IGUAL A TI) Discapacidad intelectual y afines Logroño Privada 60
Centro ASPACE-Rioja (ASPACE RIOJA) Parálisis cerebral y afines Logroño Privada 50
Centro de atención para personas con autismo Leo kanner (ARPA AUTISMO) Autismo y afines Logroño Privada 40
Centro Puerta Abierta (SALUD MENTAL LA RIOJA) Trastorno mental crónico Logroño Privada 25
Total plazas 280

Red de plazas públicas de Servicios de Centros Ocupacionales del Sistema Público Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia

Red de plazas públicas de Servicio de Centro Ocupacional del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia
Centros Ocupacionales Tipo de plaza Localidad Gestión Nº de plazas
Centro Áncora (IGUAL A TI) Discapacidad intelectual y afines Calahorra Privada 50
Centro Ocupacional Vareia (ASPRODEMA) Discapacidad intelectual y afines Logroño Privada 30
Centro Ocupacional La Sierra (ASPRODEMA) Discapacidad intelectual y afines Nájera Privada 46
Centro Domingo Ochoa (IGUAL A TI) Discapacidad intelectual y afines Logroño Privada 80
Centro ASPACE-Rioja (ASPACE RIOJA) Parálisis cerebral y afines Logroño Privada 29
Centro Ocupacional (SALUD MENTAL LA RIOJA) Trastorno mental crónico Logroño Privada 90
Centro Ocupacional (ARPA AUSTISMO RIOJA) Autismo y afines Logroño Privada

30

Total plazas 355