Una vez presentada la queja se informará a las partes afectadas de las actuaciones a seguir y de los hechos motivo de la queja para poder permitir su defensa en un plazo no superior a quince días.

Las actuaciones deberán finalizarse en el plazo de tres meses, contado a partir de la recepción de la queja, sin perjuicio de que por razones especiales, de las que se dejará constancia, que puedan concurrir en el procedimiento como podrían ser un elevado número de desplazamientos, visitas o entrevistas, o por la necesidad de requerir actuaciones complementarias de otros departamentos, pudieran ser prorrogadas más allá de dicho plazo de forma que no exceda la mitad de los mismos