• Resolución de 12 de marzo de 2014, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se crea el portal de procedimientos para el intercambio de datos y aplicaciones del censo electoral entre la Oficina del Censo Electoral y otros organismos competentes, por medios telemáticos. (BOE 28.3.14Este enlace se abrirá en una ventana nueva; vigencia 29.3.14)

Tiene por objeto facilitar a los Ayuntamientos el servicio que éstos deben mantener para la consulta de las listas del censo electoral de su respectivo municipio, tanto con ocasión de las convocatorias de elecciones como con carácter previo al sorteo de candidatos a jurados.Se especifican las condiciones de adhesión al portal y de acceso al mismo. Entre otras reglas, se prevé que un usuario puede estar vinculado a varios Ayuntamientos, siempre que cuente con la autorización del Alcalde de cada uno de ellos, con la denominación de usuario de Secretaría.El acceso al portal, en la dirección https://idacelec.ine.es, se realizará a través de la red SARA o por Internet.