Los interesados podrán solicitar una única prórroga para la presentación del Impuesto sobre Sucesiones, por un plazo de seis meses.

Será necesario que la solicitud de prórroga se presente antes de que transcurran los 5 primeros meses del plazo de presentación.

La prórroga concedida comenzará a contarse desde que finalice el plazo de seis meses establecido en la ley y llevará aparejada el pago de los intereses de demora correspondientes hasta la fecha en que se ingresa la autoliquidación o se presenta la declaración

Si una vez transcurridos los seis meses de prórroga no se ha presentado la autoliquidación, se entiende que está fuera de plazo y serán aplicables los recargos previstos en la Ley General Tributaria.