El Plan Especial de Protección del Medio Ambiente Natural de La Rioja (P.E.P.M.A.N.) fue elaborado por la Consejería competente en materia de Ordenación del Territorio y aprobado definitivamente por su Consejero el 28 de junio de 1988. (B.O.R. 30 de junio de 1988Este enlace se abrirá en una ventana nueva).

El P.E.P.M.A.N. tiene por objeto establecer las medidas necesarias, en el orden urbanístico y territorial, para asegurar la protección, conservación, catalogación y mejora de los espacios naturales, del paisaje y del medio físico rural, teniendo en cuenta la Red de Espacios Protegidos de La Rioja.

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En una Comunidad Autónoma cuya base económica es eminentemente agraria y que pretende jugar un papel importante en la atracción del turismo, la conservación del medio ambiente y los recursos naturales se convierte en un objetivo prioritario que es necesario acometer con todos los medios disponibles. Entre estos medios destaca el P.E.P.M.A.N., que permite incidir directamente sobre el uso del suelo y dotar al territorio de La Rioja de un instrumento de protección que, sumado a las Normas Urbanísticas Regionales, hace posible asegurar que la totalidad de la Región cuente con normativa urbanística adecuada.

El P.E.P.M.A.N. no clasifica ni ordena el suelo, sólo establece unas categorías según sus cualidades físicas y valores y fija ciertas limitaciones de uso para preservarlas. Su ámbito comprende toda la Comunidad Autónoma de La Rioja, y se aplica tanto en los municipios que carecen de planeamiento municipal o que éste no contiene determinaciones precisas para la protección del medio físico, como en aquellos, que contando con Plan General Municipal, las determinaciones en materia de protección del medio físico son menos restrictivas que las que recoge el P.E.P.M.A.N. También los planes futuros deben ajustarse a las prescripciones relativas a la protección del medio físico contenidas en este Plan.


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