Tiene por objeto facilitar a los Ayuntamientos el servicio que éstos deben mantener para la consulta de las listas del censo electoral de su respectivo municipio, tanto con ocasión de las convocatorias de elecciones como con carácter previo al sorteo de candidatos a jurados.Se especifican las condiciones de adhesión al portal y de acceso al mismo. Entre otras reglas, se prevé que un usuario puede estar vinculado a varios Ayuntamientos, siempre que cuente con la autorización del Alcalde de cada uno de ellos, con la denominación de usuario de Secretaría.El acceso al portal, en la dirección https://idacelec.ine.es, se realizará a través de la red SARA o por Internet.