• Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas. (BOE 25.1.14Este enlace se abrirá en una ventana nueva; vigencia 26.1.14)

Añade una nueva disposición adicional, nonagésima, a la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, en la que se fijan los límites máximos que por retribuciones y asistencias pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Tales límites se fijan en una escala por tramos de población para los municipios con 1.000 o más habitantes. Respecto a los municipios con menos de 1.000 habitantes, en los que no se permite la dedicación exclusiva, se fijan los límites en función del porcentaje de dedicación que se asigne a cada corporativo, señalando tres niveles: hasta el 75%, límite de 30.000 euros, hasta el 50%, límite de 22.000 euros, y hasta el 25%, límite de 15.000 euros.