30 de diciembre de 2011

plan 0912

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plan 0912

El BOR publica hoy una Orden por la cual se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2012 las medidas extraordinarias en materia de vivienda adoptadas por el Gobierno de La Rioja con el objetivo de paliar los efectos provocados por la crisis del sector inmobiliario y favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.

El Gobierno de La Rioja entiende que las condiciones económicas y sociales que justificaron en 2009 y 2010 la aprobación de estas medidas excepcionales persisten en la actualidad por lo que procede la prórroga de las mismas para que puedan seguir aplicándose hasta el día 31 de diciembre de 2012, sin perjuicio de la vigencia, en toda su extensión, de las líneas ordinarias de ayuda al acceso a la vivienda que incluye el vigente Plan de Vivienda 2009/2012.

La grave crisis económica y las altas tasas de desempleo unidos a la restricción del crédito hacen necesario, a juicio del Gobierno de La Rioja, flexibilizar el marco normativo vigente con el objetivo de atender a las familias que pierden su vivienda habitual por no poder atender los pagos de su hipoteca debido al desempleo o permitir a los promotores destinar al alquiler aquellas viviendas inicialmente calificadas para la venta y que no encuentran comprador, o permitir su inscripción en el Registro de VPO a quienes fueron dados de baja por renunciar a una vpo por dificultades de financiación.

Estas medidas, que cuentan con la supervisión de la Dirección General de Urbanismo y Vivienda del Gobierno de La Rioja, pretenden liquidar el stock de vpo existente y promover la actividad en el sector inmobiliario y, con ella, el crecimiento económico y el empleo.

Por lo tanto, las medidas excepcionales que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2012 son las siguientes:

  • posibilidad de destinar a arrendamiento, con o sin opción de compra, las viviendas de protección pública vacías calificadas con destino a venta al amparo de los planes estatal y autonómico de vivienda 2005-2008
  • concesión de la Ayuda Social de Alquiler a las familias que han perdido su vivienda habitual a causa del desempleo
  • concesión de ayudas a los promotores para el arrendamiento de viviendas libres construidas inicialmente para venta (Ayuda Alquiler-Empresas)
  • posibilidad de ofrecer en arrendamiento protegido las viviendas protegidas de nueva construcción vacías calificadas con destino a venta en cualquiera de sus regímenes (especial, general, concertado o pactado)
  • excepción a la baja forzosa en el Registro de solicitantes de vivienda protegida por renuncia injustificada a la vivienda adjudicada, por lo que las personas afectadas podrán inscribirse de nuevo en el Registro.