13 de septiembre de 2013

del rio

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto Este enlace se abrirá en una ventana nuevapor el que se regulan las condiciones mínimas que deben reunir las viviendas en La Rioja así como el procedimiento para otorgar la cédula de habitabilidad al objeto de garantizar a los residentes la calidad de las edificaciones y fomentar la actividad del sector de la construcción.

La cédula de habitabilidad es un documento que acredita que una vivienda cumple con los requisitos mínimos para ser considerada apta para la residencia de personas. La cédula no acredita la titularidad de la vivienda ni el derecho a su ocupación pero es necesaria para la transmisión de la titularidad de la vivienda o su puesta en alquiler salvo que se transmita para su derribo o rehabilitación o en supuestos de embargo, subasta o ejecución judicial.

El decreto, que deroga disposiciones antiguas y establece como referencia el Código Técnico de la Edificación, apuesta por la flexibilización de las exigencias técnicas, la eliminación de duplicidades entre administraciones y la simplificación de los trámites sin merma de las garantías básicas de calidad de las viviendas.

Una de las novedades de la nueva normativa es que por primera vez se equiparan las condiciones de habitabilidad de las viviendas de protección públicas a las viviendas del mercado libre. Por tanto, ya no existirán diferencias entre ambas modalidades en cuanto a la ordenación técnica se refiere.

El nuevo decreto simplifica la gestión administrativa y el proceso para la concesión y renovación de las cédulas de habitabilidad. Así se prorrogará automáticamente la vigencia de todas las cédulas de habitabilidad hasta los 30 años desde su construcción, evitando la tramitación de las correspondientes renovaciones.

Además en aquellos municipios donde esté implantada la Inspección Técnica de Edificios y la Ley de Vivienda de La Rioja, la licencia de primera ocupación sustituirá a la cédula de habitabilidad, de forma que los finales de obra se tramitarán sólo ante la administración municipal, previo informe de la Dirección General de Vivienda.

Más información

Si te parece interesante, lo puedes TweetEste enlace se abrirá en una ventana nueva