3. Gastos de formación: ayuda fija adicional cuya finalidad es cubrir los gastos directamente relacionados con la puesta en marcha y desarrollo inicial de las actividades del investigador, una vez que éste se ha incorporado a su puesto de trabajo. La determinación de este importe fijo se determinará cada año en la convocatoria.
La duración máxima de las ayudas se concreta en dos etapas: la primera etapa de la ayuda - beca Formativa- tendrá una duración de 2 años, periodo de tiempo comprendido desde el momento de incorporación del investigador hasta la obtención por el mismo del DEA o documento administrativo que lo sustituya. La segunda etapa -contrato formativo- será también de 2 años a contar desde el momento de incorporación del investigador al centro tecnológico, centro de investigación o empresas de base tecnológica. En este sentido, la permanencia total del investigador -inicialmente adjudicatario de una beca formativa- sumará un total de cuatro años en el centro o empresa beneficiaria.
Para llevar a cabo la selección de entidades beneficiarias, la Dirección General para la Innovación valorará, entre otros, los siguientes aspectos: instalaciones y equipos para la acogida de los investigadores; su trayectoria investigadora; su dimensión investigadora entendida esta como la capacidad de que disponen para añadir nuevas líneas de investigación que faciliten la incorporación de nuevos investigadores; o su capacidad formativa dirigida a tutelar y formar a los nuevos investigadores