INFORMACIÓN GENERAL
El 31 de marzo se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja el Decreto 24/2021, de 30 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros públicos y centros privados concertados que imparten segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato. DECRETO 24-2021- (275.7 KB) (12 páginas)
El 23 de abril salió publicada en el Boletín Oficial de La Rioja la Orden 20/2021, de 22 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato. ORDEN 20-2021 (261.9 KB) (11 páginas)
En el Boletín de La Rioja de 4 de febrero de 2022 se publicó la Resolución 9/2022, de 2 de febrero, de la Dirección General de Gestión Educativa, por la que se fijan determinados aspectos del procedimiento de admisión del alumnado en plazo ordinario en los centros públicos y privados concertados en la enseñanza correspondiente al primer curso del segundo ciclo de educación infantil para el curso académico 2022/2023. RESOLUCION (386.7 KB) (12 páginas)
Calendario: plazos de admisión de solicitudes, fechas de publicación, de reclamaciones de las listas provisionales y definitivas, y plazo de matriculación
Solicitud
Documentación
Presentación de las solicitudes
Zonas de influencia y zonas limítrofes
PREGUNTAS FRECUENTES
Una, si se presentan más se desestiman todas.
La Oficina de Escolarización Permanente gestionará la solicitud una vez resueltas todas las solicitudes del mismo curso.
Un máximo de diez centros.
Cualquier centro público y centro privado concertado para el curso tres años de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Sí, la baremación obtenida para cada centro podrá ser diferente.
En este procedimiento la adjudicación de plazas escolares se hace por puntuación obtenida aplicando el baremo y el orden de preferencia de los centros puestos en la solicitud.
Si no se consigue plaza escolar en el centro de la primera opción, el de la segunda opción pasa a ser el primero, con sus puntos correspondientes, y así sucesivamente. En definitiva, todos los centros incluidos en la solicitud se tramitan como primeras opciones.
Los que se detallan en el Anexo I del Decreto 24/2021, de 30 de marzo, publicados en el BOR de 6 de abril ANEXO I DEL DECRETO 24-2021 (254.2 KB) (2 páginas)
Todos los niños y niñas nacidos en el 2019.
Si como consecuencia de la aplicación del baremo previsto en el Anexo I del Decreto 24/2021, de 30 de marzo, se produjeran empates, éstos se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta que se produzca el desempate, los criterios que se exponen a continuación:
a) Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos o hermanas matriculados en el centro
b) Mayor puntuación obtenida en el apartado de proximidad del domicilio.
c) Mayor puntuación del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales o quienes ejerzan la guarda del menor.
d) Mayor puntuación obtenida en el apartado de rentas anuales de la unidad familiar.
e) Mayor puntuación obtenida en el apartado relativo a los padres, madres o tutores legales que trabajen en el centro.
f) En caso de continuar la situación de empate se seguirán comparando los restantes criterios según el orden establecido en el Artículo 7.1 del Decreto 24/2021, de 30 de marzo.
Si continuara la situación de empate se utilizaría el número aleatorio asignado a cada solicitud.
A cada solicitud presentada se la asignará un número aleatorio del intervalo 0-9999. Finalizado el período de presentación de solicitudes, se publicará un listado, en todos los centros públicos y privados concertados, con los números asignados a todas las solicitudes.
Las solicitudes presentadas por la Secretaría Virtual del Racima serán las únicas de las que se podrá conocer este número al hacer el trámite de presentación.
Si se presentan las solicitudes por cualquier otra vía, el número asignado no se conocerá hasta la publicación del listado.
Tras la finalización del período de presentación de solicitudes, se realizará un sorteo público para determinar el número y el orden, creciente o decreciente, que servirá como criterio de desempate. Se publicará una resolución con esta información.
A todo el alumnado que participa en este proceso y reúna el requisito de haber nacido en 2019 se le asignará una plaza escolar.
Si no fuera posible asignar plaza escolar en los centros solicitados, al ser un proceso de concurrencia competitiva, se le asignará plaza en alguno de los centros públicos o centros privados concertados de su localidad. La asignación de estas plazas las realizará la Oficina de Escolarización Permanente.