Una vez tramitada la solicitud electrónica de inscripción en ROLECE, deberá presentar la documentación acreditativa de los datos que haya solicitado inscribir (puede esperar a recibir el correspondiente requerimiento de documentación).
La documentación acreditativa a presentar deberá ser fehaciente: documentos originales o copias legitimadas o autenticadas ante Notario, o bien documentos firmados electrónicamente por la autoridad que los emite (no por el solicitante) o que incluyan un código seguro de verificación. En el caso de escrituras, deberá constar en las mismas su correspondiente inscripción en el Registro Mercantil o Registro equivalente; no se admitirán copias simples en las que no conste tal inscripción.
Podrá presentar la documentación acreditativa en nuestra Sede (Servicio de Coordinación y Contratación Centralizada de la Consejería de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de La Rioja, sito en la C/Marqués de Murrieta, nº76, 2ª planta, ala Oeste, de Logroño; teléfono: 941291443; correo electrónico: srv.contratacion.haci@larioja.org, que es el organismo encargado de la tramitación de su inscripción), o bien en cualquiera de los Puntos u Oficinas de Registro habilitados para ello en aplicación de los dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Le recomendamos que, antes de acudir, contacte telefónicamente o por correo electrónico con nuestro Servicio, o bien con la Oficina de Registro de su elección, por si fuera necesario concertar cita previa para la atención presencial.
La documentación que presente será escaneada y se le devolverán en ese momento los originales aportados. Deberá aportar la documentación acompañando una copia del acuse de recibo de la solicitud de inscripción y la instancia de presentación de documentación que puede descargar en este enlace: Modelo de Instancia General (77.5 KB)
En aquellas oficinas de Registro de las distintas Administraciones Públicas o de Correos que se encuentren adheridas a ORVE la documentación que presente se escaneará y se le devolverá por el propio registro, y la enviará electrónicamente al organismo encargado de la tramitación.
(1) Si dispone de documentos acreditativos firmados electrónicamente por la autoridad que los emite, no por el solicitante (de Notarios, Registradores Mercantiles, Registros de Asociaciones, Registros de Cooperativas, etc.), o documentos con código seguro de verificación comprobables en la web de origen que los emite (de la Agencia Tributaria, Seguridad Social, etc.), puede anexarlos directamente en la dirección web de ROLECE (tras haber tramitado la correspondiente solicitud electrónica de inscripción y obtenido acuse de recibo de la misma) con el fin de acreditar los datos que haya solicitado inscribir. Para realizar este trámite deberá acceder a su expediente de ROLECE a través de la pestaña del menú CONSULTA TRAMITACIONES.
Puede consultar más información en este enlace: Manual del usuario de ROLECE (8.5 MB) (90 páginas)
Preguntas frecuentes
¿Qué documentación debe aportarse para la inscripción inicial de una empresa?
La documentación acreditativa de su personalidad y capacidad de obrar: la escritura de constitución (y posteriores escrituras de cambio de denominación social, adaptación de Estatutos, transformación, etc.) y las escrituras donde consten el actual objeto social de la empresa, su actual domicilio social y su actual órgano de administración.
En dichas escrituras (originales o copias autenticadas ante Notario, no copias simples), deberá constar su correspondiente inscripción en el Registro Mercantil o Registro Oficial que proceda.
También se deberá aportar el documento acreditativo del CIF de la empresa.
¿Qué documentación debe aportarse para la inscripción inicial de un empresario individual?
La documentación acreditativa de su identidad y de la actividad empresarial o profesional que ejerce (y del domicilio donde la ejerce), que le permita contratar con las Administraciones Públicas.
¿Qué documentación debe aportarse para la inscripción de los apoderados de una empresa?
La documentación acreditativa del otorgamiento de los poderes para contratar que se desean inscribir: la escritura de otorgamiento de poderes y la acreditación de su inscripción en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que proceda.
Si con posterioridad a la solicitud de inscripción hubiera una revocación de esos poderes o cualquier otra modificación que afecte al ámbito o extensión de los mismos, deberá tramitarse una solicitud telemática de modificación de datos y aportar la correspondiente escritura notarial inscrita en el Registro Mercantil o Registro Oficial que proceda.