Los datos relativos a las clasificaciones empresariales otorgadas por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado. Asimismo, se harán constar las otorgadas por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas que ejerzan competencias en materia de clasificación de empresas, siempre que no resulten contradictorias con las otorgadas por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
Los datos relativos a las prohibiciones para contratar con la Administración a las que se refiere el apartado 2 del artículo 73 de la LCSP.