¿Para qué sirve la inscripción en ROLECE?

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, ROLECSP o más conocido como ROLECE, tiene por objeto la inscripción de los datos y circunstancias que resulten relevantes para acreditar las condiciones de aptitud de empresas y empresarios para contratar con las Administraciones Públicas y demás organismos y entidades del sector público, incluidas las facultades de sus representantes y apoderados, así como la acreditación de todo ello ante cualquier órgano de contratación del sector público.

Todas las inscripciones practicadas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público tendrán, sin distinción alguna, los mismos efectos acreditativos y eficacia plena frente a todos los órganos de contratación del Sector Público.

El Registro tiene carácter electrónico, haciéndose constar en formato electrónico los datos en él inscritos. El Certificado de inscripción se emite de forma telemática, la fecha que figura en el mismo es la de su emisión y no contiene un número de inscripción como tal, sino que éste coincide con el NIF de la persona jurídica o de la persona física inscrita.


¿Es obligatoria la inscripción?

Con carácter general, la inscripción en ROLECE es voluntaria. Además es gratuita y exime a las empresas y empresarios de presentar, en cada procedimiento de contratación al que concurran, la documentación acreditativa de su personalidad y capacidad de obrar, representación, clasificación y solvencia económica y financiera, siempre y cuando estos datos figuren correctamente inscritos en ROLECE y se mantengan actualizados.

Sólo hay un supuesto en que la inscripción es obligatoria: para participar en los procedimientos abiertos simplificados y en los simplificados abreviados regulados en el artículo 159 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en la fecha final de presentación de ofertas. Esta obligación entró en vigor el 9 de septiembre de 2018.


¿Quién puede inscribirse en el Registro?

  • Cualquier persona jurídica (Sociedades Mercantiles, Asociaciones, Fundaciones, Sociedades Civiles, Fundaciones, Sociedades Cooperativas, etc.) o persona física (empresario individual o profesional) que lo solicite y acredite su personalidad y capacidad de obrar.
  • Las empresas o empresarios que cuenten con clasificación como contratistas de obras o de servicios del Estado son inscritos de oficio en todo caso. También se inscriben de oficio las prohibiciones de contratar con la Administración, en los casos legalmente previstos.

¿Qué organismo realiza la inscripción de empresas y empresarios de La Rioja?

Con fecha 16 de diciembre de 2017 se produjo la integración del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, transfiriéndose a ROLECE la información, susceptible de inscripción en el mismo, relativa a los empresarios y otros operadores económicos inscritos en el Registro de Licitadores de La Rioja desde el 30 de julio de 2009.

El Servicio de Coordinación y Contratación Centralizada, por delegación de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, es el organismo encargado de la tramitación de los expedientes de inscripción en ROLECE de las empresas y los empresarios individuales que tengan su domicilio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El Servicio de Coordinación y Contratación Centralizada tiene su sede en C/ Marqués de Murrieta, nº76, ala oeste, 2ª planta, de Logroño (La Rioja). Puede contactar con dicho Servicio llamando al teléfono 941291443 o dirigiendo un correo electrónico a srv.contratacion.haci@larioja.org.


¿Qué periodo de validez tienen las inscripciones?

La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público tiene una vigencia indefinida, sin perjuicio de la obligación de las empresas y empresarios de mantener actualizados los datos inscritos.

Las empresas y empresarios inscritos están obligados a poner en conocimiento del Registro cualquier variación que se produzca en sus datos en él reflejados, así como la superveniencia de cualquier circunstancia que determine la concurrencia de una prohibición de contratar susceptible de inscripción en dichos registros.


¿Cómo obtener la inscripción inicial en el Registro o la posterior modificación de datos o el alta de nuevos datos?

Paso 1.- Tramitación de la solicitud de inscripción en la página web de ROLECE. Para obtener la inscripción inicial en el Registro o, posteriormente, la modificación de datos inscritos o el alta de nuevos datos, deberá tramitarse necesariamente una solicitud en la dirección electrónica de ROLECE: https://registrodelicitadores.gob.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva, acreditando la identidad del solicitante mediante certificado electrónico de persona física emitido por la FNMT o con DNI electrónico. Es necesario, además, tener instalada la aplicación autoFirma para poder firmar la solicitud de inscripción.

Paso 2.- Aportación de la documentación acreditativa necesaria para la inscripción: Una vez tramitada la solicitud electrónica, deberá aportarse la documentación acreditativa de los datos que constan en la solicitud.

Paso 3.- Emisión del Certificado de inscripción: Cuando el Servicio de Coordinación y Contratación Centralizada notifique el acuerdo de inscripción adoptado tras el estudio del expediente, deberá accederse a la dirección electrónica de ROLECE para emitir el correspondiente Certificado de inscripción y visualizar los datos inscritos.


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