Liderar el Consejo Escolar de La Rioja es un gran honor para alguien que ha dedicado su vida a la Educación. No puedo dejar de recordar que a lo largo de mi trayectoria profesional he participado activamente en los dos lugares desde los que se ejerce la labor educativa. Por un lado, la docencia en niveles de primaria y secundaria. Por otro, la administración educativa en el puesto de Inspección, Jefa de la misma en mis últimos años de profesión. Así, asumir la Presidencia del Consejo Escolar lo entiendo como una puesta en común de toda esa experiencia profesional y vital, un recorrido lleno de anécdotas, trabajo y conocimiento que ahora está al servicio de todos.
El Consejo Escolar es una institución valiosísima, aunque hacer cumplir su función no es un papel sencillo. Sabemos que la virtud de reunir a todos los estamentos de la sociedad para abordar cuestiones educativas conlleva una gran dificultad, a saber: equilibrar los intereses de cada parte en favor de la de todos. Sin embargo, en ese ejercicio de construir consensos y concordia me esforzaré a lo largo del tiempo que lidere el Consejo Escolar, y lo mismo les pido a todos los que me acompañen en estos años. Trabajaremos desde la humildad para legar una mejor educación a los que vengan.
Por último, quiero destacar que las funciones del organismo son claras a nivel legal, aunque mi voluntad es la vocación de apertura en esta nueva etapa. Por ello, les invito a participar activamente: a presentar propuestas, a ponerse en contacto con nosotros y, en resumen, a entender que el Consejo Escolar de La Rioja es una herramienta útil, democrática y que nos hace mejores.
Un cordial saludo,
Trinidad Sáenz Domínguez.
El Consejo Escolar de La Rioja estará integrado por el presidente, el vicepresidente, los consejeros y el secretario.
(Ley 3/2004, de 25 de junio, de Consejos Escolares de La Rioja (B.O.R. de 1 de julio)
Artículo 8. Composición.
El Consejo Escolar de La Rioja estará integrado por su Presidente, el Vicepresidente, los Consejeros y el Secretario.
Artículo 9. Del Presidente del Consejo Escolar de La Rioja.
El Presidente será nombrado mediante Orden del Consejero competente en materia de educación, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Corresponden al Presidente del Consejo Escolar de La Rioja las siguientes funciones:
Artículo 10. Del Vicepresidente del Consejo Escolar de La Rioja.
El Vicepresidente del Consejo Escolar de La Rioja será nombrado por Orden del Consejero competente en materia de educación, a propuesta del Presidente del Consejo de entre los miembros de dicho órgano consultivo.
Son funciones del Vicepresidente suplir al Presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad y aquellas que el Presidente del Consejo le delegue.
Artículo 11. Del Secretario del Consejo Escolar de La Rioja.
El Consejo Escolar de La Rioja contará con un Secretario que será nombrado por Orden del Consejero que tenga atribuidas las competencias en materia de educación, oído el Presidente, de entre funcionarios de dicha Consejería.
El Secretario, que asumirá la responsabilidad de los servicios administrativos del Consejo bajo la autoridad del Presidente, realizará las siguientes funciones:
Artículo 12. Distribución sectorial del Consejo Escolar de La Rioja.
Formarán parte del Consejo Escolar de La Rioja como Consejeros: