Se suprime la obligación de depósito en la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja de las cantidades -en concepto de fianza- que se constituyan de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Sigue existiendo la obligación de liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales onerosas
Este trámite se realiza en una Oficina Liquidadora
Importes a liquidar
Documentación a aportar por el inquilino y el propietario