Se recuerda que los equipos de aplicación de productos fitosanitarios que no tengan acreditada una inspección ITEAF favorable no pueden utilizarse en la aplicación de tratamientos fitosanitarios.
Dichos equipos podrán ser objeto de baja de oficio por el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola, con carácter irreversible. En el caso de que, con posterioridad, sus titulares quieran nuevamente solicitar el alta, deberán presentar toda la documentación que marca la legislación vigente, la cual no siempre está fácilmente disponible.
La baja de oficio puede evitarse acreditando una inspección favorable o, en el caso de que esta inspección pueda demorarse en el tiempo, solicitando una baja temporal por no uso. El trámite para volver a dar de alta un equipo dado de baja temporalmente es más sencillo y requiere menos documentación que si se hubiera dado de baja definitivamente.
En el caso de los tractores de más de 40 años o máquinas automotrices de más de 25, también podrá evitarse la baja de oficio en el Registro, comunicando al ROMA que las máquinas están en uso