El Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios, en el ámbito nacional, y el Decreto 24/2000, de 19 de mayo, por el que se establecen normas sobre regulación de medicamentos veterinarios y piensos medicamentos en la Comunidad Autónoma de La Rioja, regulan las condiciones para la distribución y dispensación de los medicamentos veterinarios.
El catálogo aquí publicado y actualizado, contiene, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, todos los establecimientos comerciales detallistas autorizados para distribuir y dispensar medicamentos veterinarios así como las agrupaciones ganaderas autorizadas para dispensar medicamentos veterinarios a sus asociados.
Centros autorizados para la distribución, prescripción y dispensación de medicamentos veterinarios en La Rioja
Comarca veterinaria | Entidad | Titular | Dirección | Almacén mayorista |
Establecimiento comercial detallista |
Agrupación Ganadera |
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Logroño | Comercial Samaniego S.L. | Javier Fernández Samaniego |
C/ Planillo nº 4 Poligono Ind. Portalada II 26006 Logroño |
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Logroño | Ana María del Val Gómez | Ana María del Val Gómez |
Avda. de Burgos nº 62 bajo 26006 Logroño |
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Logroño | Comercial Ganadera Zoojesan S.L. | Jesús Ángel Santamaría Fernández |
Plaza 1º de Mayo, 18 bajos 1 y 2 26005 Logroño |
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Logroño | Linemedia Cloud, S.L. | Alberto de la Mota Sáenz de Navarrete | Avda. Club Deportivo, 36 bajo 26007 Logroño | X | ||
Santo Domingo de la Calzada | Comercial Agroganadera del Oja S.L. | José María Ochoa del Hoyo |
Pol. Industrial San Lázaro c/ La Industria, B-6 26250 Santo Domingo de la Calzada |
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Logroño | Kiwoko Pet SLU | Kiwoko Pet SLU |
C/ Lérida nº1 |
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Los medicamentos veterinarios están sometidos a una estricta regulación con el objetivo de garantizar su calidad, seguridad y eficacia.
En los últimos años, ha surgido una creciente demanda por parte de los ciudadanos del posible uso de medios electrónicos, especialmente Internet, para facilitar la adquisición de estos medicamentos.
El texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios limita la venta por correspondencia y por procedimientos telemáticos a los medicamentos no sujetos a prescripción.
Con el Real Decreto 544/2016 se regula la venta legal al público, realizada a distancia, de medicamentos veterinarios de lícito comercio en España, elaborados industrialmente, no sujetos a prescripción veterinaria, por correspondencia y por procedimientos electrónicos por parte de oficinas de farmacia y establecimientos comerciales detallistas de medicamentos veterinarios que notifiquen a las autoridades de las Comunidades Autónomas en las que están ubicadas, el inicio de este nuevo canal de comercialización.
Todas las dispensaciones estarán asesoradas por el farmacéutico responsable del centro dispensador que efectúa la venta, con objeto de preservar la seguridad de su utilización.
Establecimientos de venta a distancia de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción
Nombre | Gerente | Dirección | Web | Registro |
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Unomás, Nutrición y salud animal | Alberto de la Mota Sáenz de Navarrete |
Avda. Club Deportivo 36, bajo Logroño. La Rioja |
www.unomasweb.com | 014LR |