Para cumplir con las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, impone en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión, toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
No obstante, en el caso de entidades ejecutoras que no dispongan de medios de carácter material o técnico para la elaboración del Plan de medidas antifraude, podrían declarar, en su caso, su adhesión al Plan de medidas antifraude del Gobierno de la Rioja. El acuerdo de adhesión deberá adoptarse por el Pleno del Ayuntamiento/Consejo de la Mancomunidad, y supone evitar la designación de un comité antifraude.
El Gobierno de la Comunidad autónoma de La Rioja en su reunión celebrada el 29 de diciembre de 2021, acordó la aprobación del Plan antifraude del Gobierno de La Rioja en materia de fondos europeos. Sin embargo, por acuerdo del Consejo de Gobierno del 26 de Octubre se adopta la modificación del Plan Antifraude.
La Resolución 1235/2022, de 31 de octubre, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (BOR del 3 de Noviembre) dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se modifica el "Plan antifraude del Gobierno de La Rioja en materia de fondos europeos" .
De acuerdo al citado Plan, el Gobierno de La Rioja contará con un canal interno de denuncia de posibles incumplimientos o fraude en la gestión de fondos europeos para garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión Europea:
El presente Plan será de aplicación a la Administración General del Gobierno de La Rioja y al conjunto de entidades que conforman su sector público institucional, definido en el artículo 2 de la Ley 3/2003 de 3 de marzo de organización del sector público de la Comunidad Autónoma d[...]