
¿Cuándo se puede mediar?
En procedimientos penales protagonizados por menores infractores, cuando el hecho imputado constituya delito menos grave o falta.
El acceso al servicio se produce por derivación de la Fiscalía de Menores de La Rioja.
Premisas en el contexto de la mediación:
Del menor:
- Que no exista violencia o intimidación grave en la comisión de los hechos.
- Que reconozca el daño causado.
- Que se disculpe con la víctima.
- Que se implique en la solución del conflicto.
- Que asuma la responsabilidad civil y moral derivada del proceso.
De la víctima:
- Disposición a conciliarse con el menor.
Del mediador:
- Imparcialidad.
- Neutralidad.
- Confidencialidad.
- Buena Fe.
- Flexibilidad.
- Profesionalidad.