2 de julio de 2009

Las acciones subvencionables serán las siguientes:

1.- Servicios para la innovación en las empresas: 1.1 gestión empresarial; 1.2 acercamiento a la innovación; 1.3 desarrollo de la innovación; 1.4 sistematización de la innovación

2.- Impulso de proyectos de Innovación en las empresas: 2.1 innovación en producto; 2.2 innovación en proceso; 2.3 innovación en organización; 2.4 innovación en mercado; 2.5 internacionalización.

3.- Transformación empresarial basada en personas.

4.- Creación de empresas.

5.- Tecnología.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido.

Cuantía de la ayuda:

      • Para el caso 1: ayuda máxima 60% ó 30.000 €
      • Para el caso 2 y 3: cuantía máxima 100.000 €
      • Para el caso 4: ayuda máxima 90% ó 60.000 €
      • Para el caso 5: cuantía máxima 500.000 €

Gastos subvencionables:

      • para el caso 2: gastos externos de asesoramiento; otros gastos relacionados con la disposición de conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas; gastos internos, de personal.
      • para el caso 3: gastos externos de asesoramiento; gastos internos de personal; gastos internos que se considerarán como base del cálculo de la subvención.
      • para el caso 4: estudios de viabilidad del proyecto empresarial y estudios de mercado; prototipos; informes y estudios técnicos específicos; viajes y asistencia a ferias; gastos por dedicación al proyecto.
      • para el caso 5: costes de edificios y terrenos; gastos de personal investigador; instrumental y material fungible; costes de servicios de consultoría y similares; otros gastos necesarios para el desarrollo de la actividad.

No serán subvencionables el IVA.

Plazo de solicitudes:

      • Para el caso 1: el plazo de solicitud finalizará el 15/10/2009.
      • Para el caso 2, 3 y 4: el plazo de solicitud finalizará el 15/09/2009.
      • Para el caso 5: el plazo de solicitud finalizará el 24/07/2009.

Las ayudas serán compatibles con otras para la misma finalidad.