11 de junio de 2016

Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación de grupos operativos supra-autonómicos

Se apoyará la creación de grupos operativos supraautonómicos los cuales estarán formados por agrupaciones de actores de distintos perfiles, tales como agricultores, ganaderos, investigadores, centros tecnológicos, etc., para poder abordar de una forma conjunta un problema concreto o una oportunidad desde un enfoque multisectorial.

Los miembros de estas agrupaciones podrán presentarse como solicitantes de la ayuda para la creación del grupos operativos supraautonómicos, partiendo de una idea innovadora a través de la cual resolver los posibles problemas a los que hacer frente en su ámbito de actuación. Durante el periodo de creación del grupo, los miembros deberán definir, diseñar y redactar el proyecto innovador que previsiblemente ejecutarán en una segunda fase.

El proyecto innovador que los miembros presenten al final del periodo de creación del grupo se entenderá como la materialización del trabajo realizado durante este periodo y será condición obligatoria para poder percibir las presentes ayudas.

Todas las agrupaciones designarán a un representante de entre sus miembros, que será considerado perceptor del pago material de la ayuda y ejercerá de interlocutor con la Administración.

Por otro lado y de forma voluntaria, las agrupaciones podrán requerir los servicios de un Agente de Innovación, el cual realizará labores de apoyo del grupo en relación a la temática del mismo. Entre otras actividades, podrá colaborar con los miembros para perfilar y concretar la idea de proyecto inicial planteada por el grupo operativo, buscar información sobre el problema u oportunidad a abordar,

Próximamente se publicará la convocatoria correspondiente para solicitar las ayudas arriba mencionadas.

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Real Decreto 253/2016, de 10 de junio