El Punto de Encuentro Familiar ofrecerá a los usuarios un espacio neutral, acogedor y cálido, para efectuar el régimen de visitas marcado por el juez de una forma idónea que garantice la discrección y el bienestar de los menores.
Desde el Punto de Encuentro Familiar desde un primer momento se transmitirá a los usuarios que entran en un lugar que conoce su problemática.
El tiempo de respuesta desde la recepción de la sentencia y la primera entrevista con los progenitores para comenzar el regimen de visitas será inmedita.
El Punto de Encuentro Familiar garantizará la adecuación de la formación de los profesionales a las necesidades del servicio, así como la competencia, eficacia, discrección y rigurosidad en las intervenciones.
El Punto de Encuentro Familiar ofrecerá información a los juzgados sobre el cumplimiento y seguimiento del régimen de visitas en el plazo máximo de 8 días hábiles.
El Punto de Encuentro Familiar garantizará a los progenitores usuarios la información que precisen del servicio de forma inmediata.
Dotará a las partes en conflicto de las habilidades necesarias que les permitan poder desvincularse del servicio y de esta forma realizar las entregas y recogidas del menor con autonomía.