1. Orientar y asesorar en la búsqueda y localización de fuentes documentales de forma inmediata o en el plazo máximo de dos días hábiles, dependiendo de su complejidad.
2. Resolver las consultas de documentos solicitados por parte de la Administración y los ciudadanos en el mismo día o en el plazo máximo de diez días hábiles, dependiendo de su complejidad.
3. Garantizar la calidad en la atención y asesoramiento a los usuarios, tanto en la búsqueda y localización de fuentes documentales como en la atención de consultas de documentos, mediante un trato amable y personalizado y un lenguaje comprensible y adecuado a las necesidades de los mismos.
4. Servir a los investigadores los documentos originales en sala de forma inmediata.
5. Prestar documentos originales a otros órganos de la Administración en el plazo máximo de siete días hábiles desde su petición.
6. Entregar las fotocopias convencionales y copias procedentes de microfilm y soporte digital, en el mismo día de su solicitud, siempre que no superen el número de diez copias.
7. Compulsar y expedir certificados de documentos para la Administración y los ciudadanos en el plazo máximo de diez días hábiles.
8. Atender las visitas guiadas para grupos, siempre que sean menores de veinte personas, en el plazo máximo de quince días hábiles desde su solicitud a la dirección del centro.
9. Colaborar con talleres educativos, para grupos menores de veinte personas, en el plazo máximo de quince días hábiles desde su solicitud a la dirección del centro.
10. Realizar el informe y la valoración de los documentos para el préstamo para exposiciones, en un plazo máximo de quince días desde su solicitud.