Ayuda por la Escuela Oficial de Idiomas (Tipo de Ayuda: 7).
Descripción y cuantía de las ayudas:
Concepto por el que se concede la ayuda: matrícula de la Escuela Oficial de Idiomas.
Cuantía máxima: 100% del coste de la matrícula, excluido el importe de las tasas.
Los hijos e hijas de las personas solicitantes sólo tendrán derecho al abono de la matrícula correspondiente a un solo idioma.
Requisitos de participación:
El personal funcionario de carrera o laboral fijo de la Administración General, de sus Organismos Autónomos y de la Administración de Justicia, tanto en activo como en situación de excedencia por cuidado de familiar.
Personal estatutario en activo.
El personal funcionario interino, personal estatutario o laboral temporal que lleven trabajando más de cuatro meses a lo largo del último año, que se encuentren tanto en activo como en situación de excedencia por cuidado de familiar.
El personal jubilado o con incapacidad permanente de esta Administración, las personas huérfanas y viudas del personal empleado público, que no desarrollen ningún tipo de actividad remunerada.
Los hijos e hijas menores de 25 años, o mayores de dicha edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que no hayan obtenido rentas superiores a 2.482,42 € en el año 2022.
Documentación:
Modelo de solicitud I de la Orden: personal funcionario y laboral tanto de la Administración General como de la Administración de Justicia.
Modelo de solicitud II de la Orden: personal funcionario, estatutario en activo y laboral del SERIS.
Anexo correspondiente por cada persona beneficiaria.
Si la persona beneficiaria está matriculada en cualquiera de las Escuelas Oficiales de Idiomas, ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, no será necesario presentar documentación alguna.
En el caso de que las personas beneficiarias no estén matriculadas en el citado centro será necesaria la presentación de la Matrícula para el curso 2023/2024, justificante de su abono y certificado de notas del curso 2022/2023.