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Concurso de méritos dinamizadores Programa Competencia Matemáticas (RiojaMat)
-- Reclamaciones o renuncias al concurso de méritos --
Convocatoria de concurso de méritos, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, para la selección de cinco docentes, en comisión de servicios, que actuarán como dinamizadores del Programa de cooperación territorial de refuerzo de la competencia matemática (RiojaMat) en la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso 2025/2026.
Programa financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Requisitos
Podrán participar en esta convocatoria:
Deberán cumplir los siguientes requisitos:
Documentación
Reclamaciones o renuncias al listado provisional de seleccionados y personas que no han superado el concurso de méritos.
Presentación de reclamaciones o renuncias: a través del documento de instancia general a incluir en este procedimiento (en el apartado "Documentación a anexar").
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón "Tramitar".
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados.
Plazos
El plazo de presentación de reclamaciones o renuncias se establece entre el 30/06/2025 y el 02/07/2025, ambos incluidos.
Más información
Resolución 24/2025, de 21 de mayo, de la Dirección General de Gestión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la selección de docentes, en comisión de servicios, que actuarán como dinamizadores o dinamizadoras del Programa de Cooperación Territorial de Refuerzo de la competencia matemática, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Empleo en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso de los previstos en la legislación vigente.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de La Rioja. Información sobre firma electrónica.
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