Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Programa OBSERVARIOJA 2024/2026.
Presentación de solicitudes por parte de los centros educativos para participar en el programa OBSERVARIOJA durante el cursos académicos 2024/2025 y 2025/2026.
Requisitos
Es necesario aportar toda la documentación indicada en la convocotaria correspondiente, tal y como se detalla a lo largo de este procedimiento.
Solo se aceptará una única solicitud por centro de un miembro del equipo directivo.
Documentación
Se deberá presentar:
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón "Tramitar".
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados.
Plazos
El plazo de presentación de la documentación se establece entre el 28/06/2024 y el 08/10/2024, ambos incluídos.
Más información
Ley Orgánica de 29 de diciembre de 2020, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Orden Orden EDC/3/2022, de 19 de enero, por la que se regula la formación del profesorado en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución de 26 de junio de 2024, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA OBSERVARIOJA
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Empleo en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso de los previstos en la legislación vigente.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de La Rioja. Información sobre firma electrónica.
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