Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Este programa tiene por objeto lograr una escolarización exitosa que permita identificar y eliminar las barreras que impiden la presencia, participación y promoción del alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad auditiva, motora, intelectual, visual, con trastorno generalizado del desarrollo, trastorno grave de conducta o pluridiscapacidad.
Requisitos
Ser centro público rural según clasificación DEGURBA (degree of urbanisation) de la Eurostat e impartir la etapa de Educación Infantil y/o Primaria.
Documentación
Solicitud con todos los apartados cumplimentados.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se deberá realizar de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Del 25 de septiembre de 2024 al 4 de octubre de 2024
Recibida la solicitud, se comprobará que está correctamente cumplimentada. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida su petición, previa resolución que será dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Antes del 27 de junio de 2025, los centros seleccionados deberán remitir una memoria de desarrollo del programa que incluya:
Relación de actuaciones implementadas en el centro, cursos en los que se han desarrollado y número de alumnado beneficiario de las actuaciones.
Aquellos centros que soliciten recursos económicos para la contratación de terceros o la adquisición de materiale para el desarrollo del programa deberán remitir relación de facturas y justificantes bancarios, del pago u otros documentos justificativos del pago. En las facturas deberá constar la mención expresa: 'Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Fondo Social Europeo Plus', así como incorporar el logo institucional del MEFPD y del FSE+, y del de la Unión Europea.
Más información
Resolución de 5 de julio de 2023, Resolución de 5 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 7 de junio de 2023, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de Educación Inclusiva, en el ejercicio presupuestario 2023
Resolución 63/2024, de 20 de septiembre, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se regula la convocatoria de los Colegios Rurales Agrupados para el desarrollo del Programa de Cooperación Territorial de Educación Inclusiva, Fondo Social Europeo +, en la Comunidad Autónoma de La Rioja en el curso 2024-2025
Resolución 67/2024, de 17 de octubre, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa por la que se regula la concede el Programa de Cooperación Territorial de Educación Inclusiva, Fondo Social Europeo+, a los Colegios Rurales Agrupados de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el curso 2024-2025
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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