Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Subvenciones dirigidas a empresas que colaboren en proyectos de Formación Profesional Dual durante el curso 2023/2024, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje, y se establecen las bases de la Formación Profesional Dual.
Requisitos
Beneficiarios
Obligaciones de los beneficiarios
Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la resolución de concesión, las empresas beneficiarias estarán obligadas a:
Documentación
Junto a la solicitud (Anexo I) que se suscribirá por la persona que ostente la representación de la entidad promotora, se acompañará el Anexo II, que comprende, a su vez, la Declaración responsable del solicitante de:
- No estar incurso en las causas que impiden adquirir la condición de persona beneficiaria que establece el artículo 13, apartados 2 y 3 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
- Referencia a las ayudas y las subvenciones que haya solicitado y/o obtenido con la misma finalidad, con expresión de la cuantía y la entidad que las concedió.
Además, deberá aportar la siguiente documentación:
a. Anexo III: tratándose de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, declaración de ostentar el poder de representación y de contar con la documentación que lo acredita;
b. Anexo IV: Documento de delegación de representación de la empresa, en el caso de que la persona que ostenta la representación de la empresa la delegue en otra persona;
c. Ficha de alta de terceros, debidamente cumplimentada, si el solicitante no está dado de alta en el subsistema de Terceros del Gobierno de La Rioja o, en su caso, de modificación de datos. Presentación telemática de la ficha
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón "TRAMITAR"
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación: 3 de Mayo de 2024).
Fin de plazo: 31 de Mayo de 2024.
Plazo límite de justificación de la subvención: hasta el 26 de julio de 2024, incluido.
Más información
Orden 8/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas colaboradoras en proyectos de Formación Profesional Dual en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución 45/2024, de 19 de abril, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan, subvenciones a empresas colaboradoras en Proyectos de Formación Profesional Dual en la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso 2023/2024 (Texto íntegro).
Extracto de la Resolución de convocatoria
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Consejería de Educación y Empleo, de aprobación del gasto para la línea de subvenciones a empresas colaboradoras en proyectos de Formación Profesional Dual en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el curso 2023-2024
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
María Carmen Miguélez Vidarte, ext. 35368
Alvaro Peña Ulecia, ext. 35352