Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Procedimiento para obtener la convalidación entre asignaturas de las enseñanzas profesionales de música y de danza y materias de Educación secundaria Obligatoria y de Bachillerato
Requisitos
Destinatarios
Podrán solicitar la convalidación los alumnos que cursen Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato y Enseñanzas Profesionales de música y danza.
Requisitos
Cada materia o asignatura solo podrá ser utilizada para una única convalidación.
Asignaturas y materias convalidables en la Educación Secundaria Obligatoria.
La materia de Música y las de libre configuración autonómica de la Educación Secundaria Obligatoria podrán convalidarse con las asignaturas de las enseñanzas profesionales de música y danza (anexo I de la Orden 6/2017, de 18 de abril de 2017) y/o la Prueba de Acceso a las Enseñanzas Profesionales de Música o Danza superada (Orden EDU/34/2019, de 31 de julio de 2019)
Convalidaciones entre diversas materias del Bachillerato y determinadas asignaturas de las enseñanzas profesionales de música o de danza.
Documentación
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
El interesado, o en el caso de menores de edad, sus padres o tutores legales, podrán presentar la solicitud al inicio de curso escolar, antes del 30 de septiembre
El alumno que curse simultáneamente los cursos correspondientes a la convalidación podrá presentar el certificado académico que acredite la superación de las correspondientes materias o asignaturas hasta la fecha en que se lleve a cabo la evaluación final extraordinaria, si la hubiese; en otro caso la materia o asignatura figurará como pendiente. La anotación definitiva de la convalidación, tanto en los centros públicos como en los centros privados adscritos, se realizará una vez acreditada la superación de la materia o asignatura.
Más información
Orden 6/2017, de 18 de abril, por la que se establecen las convalidaciones entre asignaturas de las enseñanzas profesionales de música y de danza y materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato
Orden EDU/34/2019, de 31 de julio, Orden EDU/34/2019, de 31 de julio, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se modifica la Orden 6/2017, de 18 de abril por la que se establecen las convalidaciones entre asignaturas de Enseñanzas profesionales de música y danza y materias de ESO y Bachillerato
Orden EDC/18/2023, de 31 de marzo, Orden EDC/18/2023, de 31 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se modifica la Orden 6/2017, de 18 de abril, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las convalidaciones entre asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Servicio competente (Ordenación Educativa)