Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Los conciertos educativos tienen por objeto garantizar la impartición de la educación básica obligatoria y gratuita en centros privados, mediante la asignación de fondos públicos destinados a este fin por la Administración.
Mediante este procedimiento se posibilita la suscripción por primera vez al régimen de conciertos educativos de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como la renovación de los conciertos educativos existentes y sus modificaciones durante los cursos 2019/2020 a 2024/2025.
Requisitos
Podrán solicitar el acceso al régimen de conciertos los titulares de los centros docentes privados que figuren en el Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tendrán preferencia para acogerse al régimen de conciertos educativos, aquellos centros que:
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la documentación relacionada en el apartado 2 a) de la misma, según el caso, y además de la siguiente:
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Las solicitudes se formularán en el mes de enero anterior al inicio del año académico para el que se solicita.
Más información
Orden EDU/89/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a los centros docentres privados de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como el procedimiento por el que se regirá la suscripción por primera vez de dicho régimen, la renovación de los conciertos educativos existentes así como sus modificaciones durante los cursos escolares 2019/2020 a 2024/2025
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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