Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Regula el procedimiento para la provisión, en régimen de interinidad, de los puestos de trabajo docente no universitarios, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Publicación de los destinos ofertados:
Llamamientos anteriores al 31 de octubre
En los llamamientos anteriores al 31 de octubre se publicarán, junto con los destinos por sustitución, aquellos otros que, conforme a lo dispuesto en el párrafo primero de la Instrucción primera, tengan el tratamiento de destinos vacantes. Los destinos así ofertados aparecerán en el listado con la indicación vacante.
Causas de renuncia
A los aspirantes convocados que no participen en estos llamamientos se les aplicarán las causas de renuncia previstas en las letras A ó B del artículo 5 de la Orden 10/2006, de 4 de abril, según si el destino que les hubiera correspondido en función de su posición en las listas venga o no definido como vacante.
Ausencia de solicitud en el caso de destinos voluntarios
La ausencia de solicitud cuando se anuncien únicamente destinos voluntarios o la omisión de estos destinos en una solicitud presentada, se tendrá en cuenta a efectos de futuros llamamientos según lo previsto en los números 9 y 10 del artículo 5B) de la Orden 10/2006, de 4 de abril, cuando se trate de destinos por sustitución y según lo previsto en los números 11 y 12 del artículo 5 A) de la misma Orden, cuando se trate de destinos anunciados como vacante.
En todas las demás cuestiones estos llamamientos se regirán por lo establecido con carácter general en las presentes instrucciones.
Llamamientos
Simultáneamente a la publicación de los destinos a que hace referencia la instrucción primera, el Servicio de Recursos Humanos hará público el listado nominativo de todos los aspirantes llamados conforme al artículo 4.2 de la Orden 10/2006, ordenados por cuerpos y especialidades.3.2.
Los aspirantes contarán con un plazo de 24 horas para solicitar los destinos ofertados, desde las 13:00 horas del día en el que se produzca el llamamiento hasta las 12:59 horas del día siguiente. Concluido el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna instancia, ni modificación alguna de las peticiones formuladas
Los aspirantes convocados que no presenten solicitud en el plazo establecido decaerán de las listas de espera por las que hubieran sido llamados, salvo que en los quince días siguientes al llamamiento justifiquen documentalmente encontrarse en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 5B) de la Orden 10/2006, de 4 de abril. Toda la documentación acreditativa que se presente deberá estar redactada en castellano o, en caso contrario, ir acompañada de traducción realizada por intérprete jurado.
Cuando el servicio de Recursos Humanos aprecie que la provisión de los puestos ofertados en algún cuerpo y especialidad puede resultar especialmente dificultosa se permitirá que, además de los aspirantes convocados conforme al apartado 3.1, participen voluntariamente el resto de los integrantes de la lista de espera correspondiente, lo que se anunciará oportunamente en el propio llamamiento. A los aspirantes a quienes se permita la participación voluntaria conforme a este apartado no les será de aplicación lo estipulado en el apartado 3.3.
Documentación
Cada participante presentará una única solicitud dirigida al director general de Personal y Centros Docentes, la cual se ajustará al modelo oficial que figura como anexo I y se cumplimentará siguiendo las instrucciones reseñadas en el mismo anexo.
Cómo tramitarlo
Exclusivamente por medios electrónicos.
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Plazos
Plazo de solicitud de los destinos ofertados
Los aspirantes contarán con un plazo de 24 horas para solicitar los destinos ofertados, desde las 13:00 horas del día en el que se produzca el llamamiento hasta las 12:59 horas del día siguiente. Concluido el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna instancia, ni modificación alguna de las peticiones formuladas.
Publicación de los destinos ofertados
Todas las publicaciones se realizarán antes de las 12:00h. Los destinos se presentarán ordenados por cuerpo y especialidad.
Más información
Orden 10/2006, de 4 de abril, del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la provisión, en régimen de interinidad, de puestos de trabajo docentes no universitarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Instrucción, Curso 2020/2021
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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