Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Procedimiento destinado a que los alumnos no escolarizados en las Escuelas Oficiales de Idiomas, puedan obtener el Certificado de Nivel matriculándose por libre para efectuar los exámenes de fin de ese nivel.
Requisitos
1. Con carácter general, podrán participar en estas pruebas todas las personas mayores de dieciséis años o que los cumplan en el año en que se celebren las pruebas, o mayores de catorce años siempre que se matriculen para realizar las pruebas en un idioma distinto del cursado como primer idioma en la Educación Secundaria Obligatoria, sin necesidad de estar en posesión de los certificados acreditativos de niveles inferiores, siempre que no estén matriculados como alumnos oficiales, ya sea en modalidad presencial o a distancia (That´s English) en las Escuelas Oficiales de Idiomas.
2. Asimismo, podrán participar en estas pruebas los alumnos matriculados en el presente curso 2023/2024 en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y en segundo curso de Bachillerato que participen en el Programa de Colaboración para la certificación de los niveles Intermedio B1 e Intermedio B2 en Iglés y Básico A2 e Intermedio B1 en francés, en los centros educativos autorizados para ello.
Todos los alumnos que deseen realizar las pruebas de certificación en los niveles e idiomas ofertados en la Resolución 2/2024, de 1 de febrero, publicada en el BOR de 5 de febrero de 2024, deberán realizar la matrícula correspondiente en el plazo habilitado para ello que será del 7 al 24 de marzo de 2024, ambos inclusive, lo mismo los alumnos de Programa de Colaboración. No obstante, las personas que deseen realizar las pruebas de certificación para obtener el certificado del nivel Avanzado C1 en los idiomas ofertados, habrán debido participar en el proceso de admisión para solicitar ser admitido a las mismas cuyo plazo fue del 9 al 16 de febrero de 2024, ambos inclusive. Solamente para el nivel C1 podrán realizar la matrícula en el plazo anteriormente indicado para la matriculación del resto de los niveles, quienes aparezcan en las listas de admitidos para ese nivel C1.
Instrucciones para la matriculación para realizar las pruebas de certificación del alumnado en régimen de enseñanza libre.
Información en las páginas web de las Escuelas Oficiales de Idiomas:
Documentación
Consulte la web de cada una de las Escuelas Oficiales de Idiomas
http://www.eoilogrono.com
https://eoicalahorra.es
https://eoiharo.larioja.edu.es
Cómo tramitarlo
La matrícula para poder presentarse a las pruebas de certificación para el alumnado en régimen libre, se realizará de forma online mediante la aplicación informática que se habilite para ello en la Escuela Oficial de Idiomas en la que se vaya a realizar la prueba correspondiente siguiendo las instrucciones de dicha Escuela. En caso de no poder realizar la matrícula de esta forma el interesado podrá dirigirse de forma presencial a la EOI correspondiente, siempre, siguiendo las instrucciones de dicha Escuela. (Consultar la página web de la Escuela correspondiente).
Cabe también la presentación vía telemática en la Oficina Electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja utilizando la instancia general electrónica en la que habrá que indicar para que Escuela de Idiomas presenta la solicitud y adjuntar la solicitud propia de la Escuela correspondiente, para ello deberá disponer de certificado de firma digital reconocido por el Gobierno de La Rioja o en su caso, DNI electrónico.En este caso, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud de matriculación el justificante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, así como, en su caso, la documentación solicitada para ello por la Escuela (Consultar las páginas web de las EOI´S).
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Plazo de presentación de las solicitudes para la matriculación en las pruebas de certificación para alumnado en régimen libre en todos los niveles -desde A2 hasta C1- e idiomas convocados y para el alumnado del Programa de Colaboración, del 7 al 24 de marzo de 2024, ambos inclusive. Para el nivel C1 solamente podrán realizar la matrícula correspondiente las personas admitidas en el periodo de admisión.
La presentación de solicitudes para la matriculación para todos los niveles, desde A2 hasta C1, incluido para los alumnos del Programa de Colaboración, se realizará de forma online mediante la aplicación informática que se habilite para ello y a la que se podrá acceder a través de la página web de la Escuela correspondiente. Asimismo, caso de no poder realizarlo de forma online, podrá dirigirse de forma presencial a la EOI siempre siguiendo las instrucciones de la misma (Consultar las instrucciones de cada Escuela en su página web). Cabe también la presentación vía telemática en la Oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja utilizando la instancia general electrónica en la que habrá que indicar para qué Escuela de idiomas presenta la solicitud y adjuntar la solicitud propia de la Escuela correspondiente.
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Más información
Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este Real Decreto.
Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
Decreto 26/2018, de 31 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Orden EDU/11/2019, de 27 de marzo, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado de enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución 68/2023, de 4 de octubre, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se dictan instrucciones en relación con la organización de las enseñanzas de idiomas de Régimen Especial impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso académico 2023/2024
Resolución 2/2024, de 1 de febrero, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se aprueban instrucciones en relación con la organización de las pruebas de certificación del alumnado en régimen de enseñanza libre, de las enseñanzas de idiomas de Régimen Especial impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso académico 2023/2024.
Consulta el importe de las tasas, solo en el caso de matriculación en algún nivel:
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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