Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Becas destinadas a la financiación parcial de gastos corrientes derivados de la realización de enseñanzas universitarias oficiales presenciales de Grado o equivalente, así como de Máster Universitario habilitante para profesión regulada, para aquellos estudiantes que se encuentren matriculados en un centro o universidad española ubicado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Para ello, los solicitantes deberán cumplir los requisitos fijados en las bases aprobadas en la Orden DEA/39/2021, de 23 de junio.
Requisitos
NOTA: la Viceconsejería de Educación, Universidades y Formación Profesional, con el objeto de evitar un gasto adicional a aquellos solicitantes que no resulten beneficiados por la beca, permite (según la disposición adicional segunda de la Orden DEA/39/2021, de 23 de junio), en el momento de presentación de la solicitud, sustituir el certificado oficial por un documento acreditativo en el que conste la misma información académica necesaria.
Una vez publicada la resolución provisional de concesión, se requerirá la presentación de la certificación académica oficial a aquellos solicitantes que hayan sido propuestos en la misma para la concesión de la beca y que se hubieran acogido a la fórmula descrita en el párrafo anterior.
Enseñanzas comprendidas
Quedan comprendidas las enseñanzas universitarias presenciales que conduzcan a la obtención de un título universitario oficial de Grado o equivalente, así como de Máster Universitario habilitante para profesión regulada.
Forman parte los títulos no universitarios equivalentes al título oficial de Grado. Por lo tanto, quedan comprendidas las enseñanzas artísticas superiores de Música y de Danza, las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, las enseñanzas artísticas superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los estudios superiores de Diseño y los estudios superiores de Artes Plásticas.
Beneficiarios
Unidad familiar
Se consideran miembros computables de la unidad familiar las siguientes personas:
Requisitos
Documentación
Junto con la solicitud se aportarán, en su caso, los siguientes documentos:
Asimismo, la solicitud conllevará la autorización por parte de la unidad familiar al órgano instructor, para recabar la información necesaria de los registros oficiales para la resolución del expediente, así como a recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social, por la Dirección General competente en materia de tributos del Gobierno de La Rioja, por la Dirección General del Catastro, por la Dirección General de la Policía, por el Ministerio de Hacienda, por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, por la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, por el Instituto Nacional de Estadística, por el Servicio Público de Empleo Estatal, por la Intervención General del Estado, por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y por los Ayuntamientos y servicios de consulta de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Si el solicitante opta por no autorizar al órgano instructor para la consulta de los datos deberá marcarlo expresamente en la casilla habilitada al efecto en el formulario y aportar los documentos del apartado 10.3 de la Resolución de convocatoria.
Aportación de documentos junto con la solicitud:
Escanee la documentación y adjúntela en la solicitud.
Se facilitan diferentes modelos para la tramitación de la beca:
Cómo tramitarlo
La solicitud de esta beca se realizará telemáticamente mediante el formulario accesible desde el botón "Tramitar".
La presentación de la solicitud deberá ser firmada electrónicamente por el solicitante. Será necesario la utilización del Certificado Digital FNMT de Persona Física.
En el caso de solicitantes menores de edad, la presentación de la solicitud deberá realizarse por el padre, madre o tutor legal quien actuará a modo de representante.
La solicitud firmada electrónicamente junto con la documentación correspondiente, quedará presentada telemáticamente. El registro telemático emitirá un mensaje de confirmación de la recepción en el que constarán los datos que identifiquen al solicitante, junto con la fecha y hora en que se produjo la recepción, el número de registro y un extracto del contenido. La falta de recepción del mensaje de confirmación, o en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que la recepción no ha tenido lugar y que deberá ser intentada de nuevo.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, es decir, desde el martes 31 de octubre hasta el martes 28 de noviembre de 2023, ambos inclusive.
Más información
Orden DEA/39/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se regula el procedimiento de concesión de becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución 15/2023, de 25 de octubre, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan becas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2023/2024 (texto íntegro).
Extracto de la Resolución de convocatoria del curso 2023/2024.
Declaración de compatibilidad de las becas para el curso 2023/2024.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de La Rioja. Información sobre firma electrónica.
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