Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Mediante esta acción se apoyará la creación de una empresa de base técnica (spin-off) en el seno de un centro educativo. El centro pondrá a disposición del alumnado seleccionado los equipos necesarios y el apoyo de un profesor técnico y de un profesor de orientación laboral para la puesta en marcha de la empresa. El proyecto cubrirá el coste de los gastos corrientes de la spin-off hasta el 30 de octubre de 2020. Finalizado este plazo, la empresa se desvinculará del centro e iniciará su andadura.
El centro proporcionará la siguiente colaboración para la puesta en marcha de la empresa:
- Asesoramiento para la constitución de la empresa.
- Apoyo en la elaboración del Plan de Empresa.
- Espacio físico para el desarrollo de la actividad (despacho con conexión a internet y teléfono).
- Posibilidad de empleo del equipamiento disponible en el centro, fuera del horario lectivo.
- Contactos con las empresas del sector.
- Tutoría efectiva por un profesor del departamento.
- Dotación inicial para gastos corrientes.
Requisitos
Son destinatarios de esta convocatoria el profesorado y alumnado de centros docentes públicos que imparten enseñanzas de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Documentación
Se aportarán el impreso de solicitud según el modelo del Anexo I y en el que se reflejará el proyecto de empresa spin-off siguiendo el guion del Anexo III, y el Anexo II con el informe favorable de la Dirección del centro a la realización de la acción formativa.
Al finalizar la acción formativa y con fecha límite 15 de noviembre de 2020, el responsable de la empresa spin-off enviará una memoria final siguiendo el modelo del Anexo IV en formato impreso al Servicio de Formación Profesional.
Cómo tramitarlo
Según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados.
Plazos
Hasta el 4 de febrero de 2020.
Más información
Orden 9/2008, de 28 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las actividades de formación permanente del profesorado de los centros docentes donde se imparten enseñanzas no universitarias.
Circular de 21 de enero de 2020, Convocatoria de empresa spin-off. Acciones formativas para profesorado de Formación Profesional. Curso 2019/20.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Servicio de Formación Profesional
Persona responsable:
Laura Caballero
Tlfn.: 941 29 16 60
Ext.: 35385