Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Regulación del procedimiento de admisión y matriculación del alumnado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Destinatarios
Aquellas personas interesadas en acceder a las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisito de acceso
Con carácter general para acceder a estas enseñanzas será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año en que comiencen los estudios. Asimismo, podrán acceder los mayores de catorce años par seguir las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera.
Documentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello.
Documentación a aportar
Consulte el artículo 11 de la Orden reguladora
Cómo tramitarlo
Con el fin de agilizar su tramitación, las solicitudes de admisión se presentarán preferentemente de forma online mediante la aplicación informática que se habilite a través de la página web de la Escuela Oficial de Idiomas en la que el interesado solicita plaza, siguiendo las instrucciones que aparecerán en dicha página.
No obstante, en caso de no poder presentar la solicitud de esta manera, cabe también su presentación en la secretariía de las Escuelas Oficiales de Idiomas siguiendo las instrucciones publicadas en su página web, en la que se le podrá facilitar al interesado el impreso de solicitud correspondiente o bien este, descargarlo previamente de la página web de la Escuela Oficial de Idiomas correspondiente o a través de la Oficina electrónica del portal del Gobierno de La Rioja.
Igualmente podrá realizarse la presentación vía telemática en la Oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja utilizando la instancia general electrónica en la que habrá que indicar para qué Escuela Oficial de Idiomas se presenta la solicitud y adjuntar la solicitud propia de la Escuela correspondiente. En este caso, deberá disponerse de certificado de firma digital reconocido por el Gobierno de La Rioja o, en su caso, del Documento Nacional de Identidad electrónico.
Escuela Oficial de Idiomas "El Fuero" de Logroño
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes: Del 6 al 31 de mayo de 2024 ambos inclusive.
Publicación listados provisionales admitidos, no admitidos y excluidos: 21 de junio de 2024.
Plazo de presentación de reclamaciones a los listados provisionales: 24, 25 y 26 de junio de 2024 - En la EOI El Fuero de Logroño y la EOI de Calahorra.
24, 26 y 27 de junio de 2024-En la EOI de Haro (el 25 de junio festivo local en Haro).
Publicación listados definitivos admitidos, no admitidos y exluidos: 1 julio 2024.
Plazo de matriculación oficial : A partir del día 2 de julio durante este mes de Julio de 2024 según el calendario de cada Escuela.
Plazo de matriculación extraordinario- Mes de septiembre- octubre de 2024, según el calendario de cada Escuela.
Una vez finalizado el plazo extraordinario, en caso de no cubrirse completamente los grupos, las Escuelas podrán ofertar las plazas vacantes en el primer trimestre del curso, hasta completar dichos grupos según el procedimiento establecido por cada una de las Escuelas.
Más información
Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este Real Decreto.
Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
Decreto 26/2018, de 31 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Orden EDU/11/2019, de 27 de marzo, Orden EDU/11/2019, de 27 de marzo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución 19/2024, de 25 de abril, de la Dirección General de Innovación y Ordenación Educativa, por la que se establece la oferta educativa en la modalidad presencial, de los grupos en las Escuelas Oficiales de Idiomas y extensiones de Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Aitónoma de La Rioja y se señala el calendario para la admisión y matriculación en el curso académico 2024/2025.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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