Los Expertos Nacionales en comisión de servicios prestan servicios con carácter temporal en las Instituciones de la UE, órganos u Organismos de la UE en función de un acuerdo entre el Estado Miembro que corresponda y la Institución o Agencia receptora. Mientras que ésta se beneficia de su experiencia y conocimientos profesionales, especialmente en determinados ámbitos en los que tales conocimientos no se encuentran fácilmente, la Administración de origen obtiene, a través del Experto, información de especial interés sobre cuestiones y procedimientos comunitarios.
La función principal es la de asistir a los funcionarios de la Comisión llevando a cabo las tareas que se le asignen. En ningún caso pueden desempeñar funciones directivas y se encuentra limitada su participación en misiones o reuniones. (15/03/13)