comercioNavidadhorariosImagen en alta resolución. Este enlace se abrirá mediante lightbox, puede haber un cambio de contextoLa Consejería de Desarrollo Económico e Innovación ha aprobado mediante Resolución 1488/2018, de 22 de noviembreEste enlace se abrirá en una ventana nueva , los domingos y festivos hábiles comercialmente para 2019, previo informe favorable del Consejo Riojano de Comercio que considera que la apertura en diez domingos o festivos anuales atiende a las necesidades comerciales en La Rioja.

Los Ayuntamientos donde se ubiquen establecimientos comerciales con limitación para apertura en domingos o festivos, podrán solicitar motivadamente de la Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, el cambio de hasta dos de los festivos determinados.

Calendario de Festivos Hábiles para la apertura

Se establece para el año 2019 un calendario de diez domingos y festivos hábiles para la apertura al público, sin perjuicio del régimen especial de horarios para los establecimientos abajo indicados, que disponen de plena libertad de apertura.

  • 13 de enero (inicio tradicional de la campaña de rebajas de invierno)
  • 18 de abril (acumulación de festivos, Jueves Santo)
  • 21 de abril (acumulación de festivos, domingo de Resurrección)
  • 10 de junio (acumulación de festivos, día al que se traslada la festividad del día de La Rioja)
  • 7 de julio (inicio tradicional de la campaña de rebajas de verano)
  • 15 de agosto (festividad de la Asunción de la Virgen)
  • 12 de octubre (acumulación de festivos, día de la Hispanidad)
  • 8 de diciembre (acumulación de festivos, día de la Inmaculada Concepción)
  • 22 de diciembre (domingo de diciembre, campaña de Navidad)
  • 29 de diciembre (domingo de diciembre, campaña de Navidad)

Establecimientos con plena libertad para determinar los días y horas de apertura al público

Son los enumerados en los apartados 5 y 7 del artículo 19 de la Ley 3/2005, de 14 de marzo, de Ordenación de la Actividad Comercial y las Actividades Feriales en la Comunidad Autónoma de La Rioja Este enlace se abrirá en una ventana nueva:

Apartado 5

Los establecimientos dedicados principalmente a la venta de pastelería y repostería, pan, platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, floristerías y plantas, y las denominadas tiendas de conveniencia, así como las instaladas en estaciones de transporte y en zonas y municipios de gran afluencia turística tendrán plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público.

Se entenderá por tiendas de conveniencia aquellas que, con una superficie útil para la exposición y venta no superior a 500 metros cuadrados, permanezcan abiertas al público al menos dieciocho horas al día y distribuyan su oferta en forma similar, entre libros, periódicos y revistas, artículos de alimentación, discos, vídeos, juguetes, regalos y artículos varios.

Apartado 7

También tendrán plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público los establecimientos de venta de reducida dimensión distintos de los anteriores, que dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 300 metros cuadrados, excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pequeña y mediana empresa según la legislación vigente o que operen bajo el mismo nombre comercial de dichos grupos o empresas.


Municipios de gran afluencia turistica

Arnedillo, Arnedo, Casalarreina, Ezcaray y Santo Domingo de la Calzada.