Sí, deben formalizarse por escrito, antes de la entrega de los productos agrícolas o alimentarios, en todas las fases de comercialización:

  1. Deberán ser firmados por cada una de las partes que intervienen en ellos.
  2. Cualquier modelo de contrato es válido siempre que incluya el contenido mínimo que establece la ley.
  3. Respetar los principios de transparencia, claridad, concreción y sencillez.
  4. La firma puede ser electrónica.
  5. Cada parte debe conservar una copia firmada del contrato.
  6. Se debe conservar durante 4 años toda la correspondencia, documentación y justificantes relacionados con los contratos.

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