Los contratos se realizarán en todas las fases de la comercialización, deben incluir el contenido mínimo que establece la ley (identificación de las partes, precio del contrato, condiciones de pago, condiciones de entrega, …) y se tendrán que formalizar por escrito antes de la entrega de los productos agrícolas o alimentarios.

Desde el 30 de junio del 2023 es obligatorio inscribir en el Registro de Contratos Alimentarios todos los contratos formalizados entre los compradores y los productores primarios o las agrupaciones de éstos.


Real Decreto 1028/2022 por el que se desarrolla el Registro de Contratos AlimentariosEste enlace se abrirá en una ventana nueva



Antes de registrar el contrato, el comprador debe darse de alta en la aplicación.


Documentos de ayuda para el manejo de la aplicación




Modelos de contratos