Las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos son aquellas superficies territoriales cuya escorrentía o filtración afecta o puede afectar a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrícolas.

Tras la aprobación del Decreto 127/2019, La Rioja tenía cinco zonas vulnerables, a las que se han sumado cinco nuevas áreas en marzo de 2021:

  • Zona 1. Masa de agua subterránea del aluvial del Oja, que comprende dos sectores:
      • el área del arroyo Zamaca, y
      • el sector de descarga de la masa de agua subterránea, albergando el área comprendida entre Cuzcurrita, Casalarreina y Haro.
  • Zona 2. Un área del Glacis de Aldeanueva de Ebro.
  • Zona 3. Masa de agua subterránea del aluvial bajo del Najerilla en la zona de la margen izquierda del mismo, albergando el área desde Uruñuela hasta Torremontalbo.
  • Zona 4. Masa de agua subterránea del aluvial del Tirón y agua superficial del río Reláchigo desde el límite de la Comunidad Autónoma de La Rioja con Castilla y León hasta su desembocadura en el río Tirón.
  • Zona 5. Masa de agua subterránea del aluvial del Ebro en Mendavia y aluviales bajos del Leza, Jubera y Linares.
  • Zona 6. Masa de agua subterránea aluvial de La Rioja-Mendavia.
  • Zona 7. Zona vulnerable "Rioja Media".
  • Zona 8. Masa de agua subterránea aluvial del Ebro-Aragón: Lodosa-Tudela.
  • Zona 9. Masa de agua subterránea Detrítico de Arnedo.
  • Zona 10. Masa de agua subterránea Añavieja-Valdegutur.




Mapa de zonas vulnerables por nitratos

mapa zonas vulnerables 2021_webImagen en alta resolución. Este enlace se abrirá mediante lightbox, puede haber un cambio de contexto


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Todas las parcelas o recintos que estén situados, en su totalidad o en parte, dentro de las zonas declaradas como vulnerables, deben cumplir las normas especificadas en el Programa de Actuación, aprobado por el Decreto 127/2019, así como las indicadas en el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Comunidad Autómoma de La Rioja.


Plan de abonado

abonado

El Programa de actuación establece unas recomendaciones básicas para el uso más racional de la fertilización nitrogenada, así como los periodos, las dosis de abonado y la forma de aplicación permitida en función del tipo de fertilizante utilizado y del cultivo. Los agricultores deben llevar a cabo planes de abonado para cada uno de los recintos afectados por la declaración de zonas vulnerables. La Consejería de Agricultura ha elaborado una hoja de cálculo que unifica toda la información contenida en el Decreto para facilitar el cumplimiento de este requisito a los agricultores afectados. El plan de abonado es uno de los documentos exigidos cuando se realizan los controles administrativos y de campo.


Normativa

Decreto 22/2021 de 10 de marzo, Este enlace se abrirá en una ventana nuevapor el que se modifica el Decreto 127/2019Este enlace se abrirá en una ventana nueva, de 12 de noviembre,por el que se declaran las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias y se aprueba el programa de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja



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Sección de Sostenibilidad Agraria y Viveros