Evaluación continua

Se introduce en este nuevo periodo un nuevo concepto de evaluación continua, más vinculada que en periodos anteriores al sistema de seguimiento, y con una influencia mayor en la toma de decisiones. Su objetivo principal es realizar un seguimiento continuo de la puesta en marcha, de la ejecución de los programas, y de los cambios en el contexto con la finalidad de comprender y analizar en profundidad las realizaciones y los resultados logrados, así como los avances en cuanto a los impactos a medio plazo, proponiendo para ello las medidas correctoras que fuesen necesarias en caso de no poder conseguir los objetivos propuestos.
 
Durante el desarrollo del período de programación, los Estados miembros llevarán a cabo evaluaciones vinculadas con el seguimiento del programa operativo –evaluaciones operativas-, en especial cuando dicho seguimiento revele una desviación significativa frente a los objetivos fijados en un principio, o cuando se presenten propuestas para la revisión de dichos programas.

Es necesario definir por una parte, una serie de Indicadores de Alerta a nivel financiero y a nivel físico, dentro de la batería de indicadores definidos en los programas, que van a ser objeto de una especial vigilancia y que cuando superen determinados Umbrales en relación con los objetivos programados,  hay que analizar desde la Unidad de Evaluación en colaboración con los Órganos Intermedios de los programas, las causas de dichas desviaciones y valorar sin se debe a situaciones transitorias o a problemas de naturaleza estructural y por tanto necesitan una evaluación más en profundidad e incluso una modificación del programas. Por otro lado hay que vigilar si se producen o no cambios, en el contexto socioeconómico, en las prioridades nacionales y/o comunitarias, o problemas de puesta en marcha de los programas, que requieran igualmente un análisis evaluativo y una modificación sustancial del programa.
 
Desde el punto de vista de las evaluaciones estratégicas, en España se van a llevar a cabo las siguientes:
 
  • Año 2009. Evaluación sobre la integración del principio horizontal de Igualdad de Oportunidades en los programas operativos.
  • Año 2009. Evaluación sobre los efectos de la aplicación en España de la I+D+i, con una consideración especial al elemento de innovación como principio horizontal en los programas del FSE.
  • Año 2012. Evaluación sobre las actuaciones dirigidas al colectivo de Inmigrantes por las peculiaridades y dimensión del colectivo.

Los años de realización de estas evaluaciones, se han hecho coincidir con la obligación de realizar los informes estratégicos previstos en el artículo 29.2 del Reglamento General 1083/2006, en la medida que habrá determinados elementos como las buenas prácticas detectadas en estos ámbitos, informaciones y conclusiones de las evaluaciones estratégicas temáticas, formarán parte de dichos Informes.
 
Si se estima conveniente pueden llevarse a cabo otras evaluaciones estratégicas adicionales, que se determinarán por el Grupo Técnico de Evaluación, a lo largo de la ejecución de los programas.
 
Adicionalmente al Comité consultivo en materia de seguimiento estratégico y evaluación común para todos los Fondos que intervienen en el desarrollo del Marco Estratégico Nacional de Referencia (MENR), dada la naturaleza y el esquema de programación del FSE en el que conviven programas plurirregionales y programas regionales, que en los programas plurirregionales participan diversidad de Instituciones públicas y asimilables a públicas (Servicio Público de Empleo Estatal-MTIN, Otros Departamentos Ministeriales, ONG´s, Fundaciones, etc) y con implicación financiera muy diferente, con el fin de establecer la colaboración necesaria entre las distintas instituciones implicadas, se ha constituido un Grupo Técnico de Evaluación para el FSE (GTE), coordinado y dirigido desde la UAFSE a través de la Unidad de Evaluación,  compuesto  por  representantes  de  la  Administración  General  del Estado, de los Organismos Intermedios, de las Comunidades Autónomas, de los agentes sociales y de la Comisión, que en su caso asistirán a la Autoridad de Gestión en diversas labores.

El Estado Miembro puede establecer a priori, un Plan de Evaluación, en el que figurarán a título indicativo las actividades de evaluación que tenga previsto llevar a cabo en las diversas fases de ejecución de los programas, es decir la periodicidad y regularidad de los ejercicios de evaluación a fin de garantizar la obtención continua de información y análisis susceptibles de ser utilizados en la correcta toma de decisiones de la gestión.