RESPUESTA

El 1 de julio de 2012 entró en vigor el nuevo Reglamento sobre la itinerancia móvil. La gran novedad es el techo impuesto a las tarifas de itinerancia de los teléfonos inteligentes. Ahora bien, los consumidores han de ser muy precavidos a la hora de escoger una tarifa de descarga de datos en el extranjero. Por ejemplo, pagar 2 o 3 euros al día por descargar sin límite datos en itinerancia parece una buena oferta, pero hay que tener en cuenta que el cliente tendrá que abonar ese importe tanto si se los descarga como si no. De modo que el techo impuesto a las tarifas de la itinerancia es una buena red de seguridad para quienes no descargan demasiados datos. También bajan las tarifas por llamadas de voz y mensajes de texto más que las tarifas nacionales. En virtud del nuevo Reglamento las tarifas vigentes son las siguientes:

  • 29 céntimos por minuto más IVA por hacer una llamada
  • 8 céntimos por minuto más IVA por recibir una llamada
  • 9 céntimos más IVA por enviar un mensaje de texto
  • 70 céntimos por megabyte (MB) más IVA por descargar datos o navegar por Internet en el extranjero (cobro por kilobyte utilizado)

Si desea más información sobre el Reglamento sobre la itinerancia móvil o sobre las tarifas que aplica su operador, consulte la siguiente página de Internet:http://ec.europa.eu/information_society/activities/roaming/index_en.htm